Nuevas subvenciones y desgravaciones para rehabilitación de viviendas

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Nuevas subvenciones y desgravaciones para rehabilitación de viviendas (Real-Decreto ley 19/2021)

En el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria, y el Real Decreto 853/2021, de la misma fecha, que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social.

Como antecedente a las nuevas subvenciones y desgravaciones para rehabilitación de viviendas:

El horizonte global de 2050 para comenzar una nueva era de economías descarbonizadas, libres del exceso actual de emisiones de carbono, ha significado para España situar en el punto de mira el parque edificatorio y especialmente, dentro de él, el sector residencial, es decir, las viviendas. ¿Por qué? Porque la ineficiencia energética de las comunidades y otras edificaciones obstaculiza alcanzar los objetivos de sostenibilidad medioambiental y de mitigación del cambio climático.

Cuatro datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) pueden orientarnos sobre las dimensiones de este hecho:

  • las emisiones de CO2 de más del 81 % de los edificios existentes tienen las tres etiquetas energéticas inferiores: E, F o G,
  • el consumo energético del 84,5 % de los edificios también tiene las tres etiquetas energéticas inferiores: E, F o G,
  • la etiqueta energética superior, la A, es para el 0,3 % de los edificios en cuanto a emisiones,
  • y esta etiqueta energética A en cuanto a consumo energético es para menos edificios aún: para el 0,2 %.

La rehabilitación es la respuesta a esta ineficiencia energética

Apoyo económico del Gobierno para la rehabilitación de comunidades y de viviendas unifamiliares

Las necesidades del parque edificatorio residencial han sido asumidas por el Gobierno como una oportunidad para invertir gran parte de los fondos del plan de recuperación para Europa, Next Generation EU.

El Real Decreto-ley 19/2021 establece tres nuevas deducciones para la inversión en obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o de la vivienda arrendada para su uso como tal vivienda según la ley de arrendamientos urbanos.

Deducción 1: Deducción de hasta el 20% del pago de las obras

Por mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda: deducción de hasta el 20% del pago de las obras, a partir de la entrada en vigor del RD-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con los siguientes requisitos:

  • Base máxima de deducción de 5.000 euros en un año,
  • Reducción de al menos un 7 % en la demanda de calefacción y refrigeración, acreditable con el certificado de eficiencia energética de la vivienda.

Deducción 2: Deducción de hasta el 40% del pago de las obras

Por mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda: deducción de hasta el 40% del pago de las obras, a partir de la entrada en vigor del RD-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con los siguientes requisitos:

  • Base máxima de deducción de 7.500 euros en un año.
  • Reducción del consumo de energía primaria no renovable en un 30 % como mínimo, acreditable con el certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  • Mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener las etiquetas A o B.

Deducción 3: Deducción de hasta el 60 % de las cantidades abonadas por el titular de la vivienda

Por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial: deducción de hasta el 60 % de las cantidades abonadas por el titular de la vivienda, a partir de la entrada en vigor del RD-ley y hasta el 31 de diciembre de 2023 (un año más que las dos anteriores), cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Base máxima de deducción de 15.000 euros,
  • Reducción del consumo de energía primaria no renovable en un 30 % como mínimo, acreditable con el certificado de eficiencia energética de la vivienda,
  • Mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener las etiquetas A o B.

Línea de avales creada por el RD-ley 19/2021:

Para favorecer la actividad de rehabilitación, el Estado también contribuirá a cubrir la financiación de préstamos dedicados a las obras de rehabilitación energética de edificios de viviendas y viviendas. Con este fin, el RD-ley ha creado una línea de avales que se gestionarán a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Podrán acceder a estos avales propietarios individuales y comunidades de propietarios.

Fiscalidad de las deducciones para las inversiones en rehabilitación energética de viviendas:

Por último, el artículo 1 establece que no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los importes de las ayudas concedidas. En esto, el RD-ley se acoge al RD 853/2021 que regula las ayudas para rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Obligación de respetar el principio de no causar un perjuicio significativo (Do No Significant Harm, DNSH) al medioambiente con las obras de rehabilitación energética

Este nuevo RD-ley se remite al Componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia, Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana.

En su Anexo I, el Componente 2 ofrece el Análisis del principio “Do No Significant Harm”para cada línea y sublínea de inversión del Componente 2. Pone de relieve sus beneficios, de modo principal:

  • mitigación del cambio climático,
  • mayor eficiencia energética,
  • incremento de la sostenibilidad tanto social como económica y medioambiental,
  • y aumento de la resiliencia de edificios e infraestructuras ante el cambio climático.

Modificaciones que introduce el RD-ley en el régimen de las comunidades de propietarios (Ley 49/1960)

 

Para las obras de rehabilitación que tengan como finalidad la mejora de la eficiencia energética del edificio o las instalaciones de uso común con energía renovable, se establece un régimen de mayoría simple para realizar las obras y para solicitar ayudas y financiación.

También se establece la consideración de gastos generales para el pago de las obras mencionadas y para las cuotas necesarias para cubrir la financiación.

 

Entrada en vigor Nuevas subvenciones y desgravaciones para rehabilitación de viviendas:

El Real Decreto-ley 19/2021, entra en vigor el 6 de octubre de 2021, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por su parte el Real Decreto 853/2021 lo hace el 7 de octubre, al día siguiente de su publicación en el BOE.

Si tienes alguna duda respecto a  la reforma,  reahabilitación, presupuesto de vivienda que planeas realizar, en Oyrsa estaremos encantados e ayudarte

 

Enlaces de interés para estar al día en nuevas subvenciones y desgravaciones :

BPIE (Buildings Performance Institute Europe). https://www.bpie.eu/

Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios (refundición). https://www.boe.es/doue/2010/153/L00013-00035.pdf

Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESE). Actualización 2020 de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España. https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/planes-estrategicos/estrategia-a-largo-plazo-para-la-rehabilitacion-energetica-en-el-sector-de-la-edificacion-en-espana

Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana. https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/vivienda-y-agenda-urbana/componentes

Plan de recuperación para Europa. https://ec.europa.eu/info/strategy/recovery-plan-europe_es

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Componente 2. Implementación de la Agenda. Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana. https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/participacion-mitma/c2

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. https://planderecuperacion.gob.es

Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030. https://www.miteco.gob.es/es/prensa/pniec.aspx

Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. https://www.boe.es/eli/es/rdl/2021/10/05/19

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17340

Autor de este artículo para OYRSA: Begoña Saludes Mucientes http://www.alandio.net · http://www.kronotipo.com

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