Al hablar de las subvenciones reforma vivienda, citamos a la Junta de Castilla y Leon, ya que el pasado año (2021) publico en su plataforma virtual el programa de “Ayudas Destinadas a la Rehabilitación Edificatoria para la Conservación así como a la mejora de la Seguridad de utilización de la accesibilidad de viviendas”
Objetivo: Subvenciones reforma vivienda: Castilla y León
El objetivo de la convocatoria abarca tanto en el ámbito urbano como el ámbito rural, las subvenciones tienen el fin de facilitar la financiación de la ejecución de obras en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, edificios de viviendas de tipología residencial colectiva y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, todos ellos situados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a la conservación así como a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad. Las actuaciones se dirigirán necesariamente a:
- Conservación de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios de tipología residencial colectiva.
- Las actuaciones para la mejora de la Seguridad de Utilización y de la Accesibilidad de viviendas y edificios de tipología residencial colectiva.
¿Quienes pueden ser beneficiarios y solicitar estas Subvenciones reforma vivienda: Castilla y León?
Las persona que pueden solicitar estas ayudas son:
- Las comunidades de propietarios.
- Las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Las personas físicas que sean propietarios de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente no exceda cinco veces el IPREM.
- Las personas físicas propietarias de viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva, cuando se trate de obras destinadas a mejora de la accesibilidad en el supuesto de que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
- También podrán ser beneficiarios los arrendatarios de las viviendas cuando éste y el propietario acuerden que sea aquel el que costee a su cargo las actuaciones de rehabilitación a cambio del pago de la renta y cumplan las condiciones anteriores.
¿Cuales son los requisitos que debo cumplir para ser beneficiario de estas Subvenciones: Reforma vivienda Castilla y León?
En este caso, se describen los requisitos que los edificios deberán cumplir:
– En los casos de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
- Deberán estar finalizadas antes de 1996.
- Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la subvención.
– En los casos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
- Deberán estar finalizados antes de 1996.
- Que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
- Que al menos el 70 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
– En los casos de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva para las que se solicite de forma independiente financiación:
- Deberán estar finalizadas antes de 1996.
- Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse a las subvenciones.
– El coste total de las actuaciones subvencionables no podrá superar los costes medios de mercado:
Que a tales actuaciones correspondan, siendo estos últimos fijados conforme a los criterios determinados por los servicios técnicos de la Administración de Castilla y León.
– En ningún caso se subvencionarán:
Actuaciones que supongan por solicitante la intervención en más de 200 viviendas.
¿Para qué específicamente es la ayuda?
La ayuda consistirá en subvencionar parcialmente el coste de las siguientes actuaciones subvencionables:
1.- Se considerarán actuaciones subvencionables para la conservación de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios de tipología residencial colectiva, las que se acometan para subsanar las siguientes deficiencias:
- Las relativas al estado de conservación de la cimentación y estructura.
- Las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente, de forma exclusiva en los edificios de tipología residencial colectiva.
- Las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado.
2.- Se considerarán subvencionables las actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, las siguientes:
- La instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial o intelectual, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente, siempre que se realicen en los elementos comunes de edificios de tipología residencial colectiva o en viviendas unifamiliares en las que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
- La instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio en su caso, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
- La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores y del interior de las viviendas.
- La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.
- Cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal en los espacios del interior de las viviendas, ya sean unifamiliares aisladas, agrupadas en fila o en edificios de tipología residencial colectiva, así como en las vías de evacuación de los mismos y en el supuesto de que en dichas viviendas resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años. Se incluyen obras dirigidas a la ampliación de espacios de circulación dentro de la vivienda que cumplan con las condiciones del Código Técnico de la Edificación en lo referido a vivienda accesible, así como para mejorar las condiciones de accesibilidad en baños y cocinas.
- Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DBSUA, Seguridad de utilización y accesibilidad, y afecten a elementos comunes de los edificios de tipología residencial colectiva. Solamente se entiende por mejora aquellas intervenciones que garanticen la ampliación de las condiciones y parámetros fijados en el citado documento.
3.- No serán subvencionables las actuaciones que consistan en una rehabilitación integral del inmueble, ni las que supongan un incremento de superficie o volumen construido, o un cambio de uso.
¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?
- La cuantía máxima de las subvenciones se determinará en función del coste de la actuación subvencionable correspondiente y del número de elementos computables, sin que en ningún caso, pueda superarse por solicitud ni el total de 300.000,00 euros de subvención ni el 10% de la dotación presupuestaria de la convocatoria.
- La cuantía máxima de la subvención a conceder, en función de las actuaciones subvencionables, será la cuantía menor que resulte de aplicar cada uno de los siguientes límites:
a) 2.000 euros por vivienda y 30 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial, cuando se solicita solo para actuaciones de conservación.
b) 6.000 euros por vivienda y 80 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial, cuando se solicite para actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad o conjuntamente para las actuaciones de conservación y mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
c) 2.000 euros cuando sólo se realicen intervenciones en los espacios del interior de viviendas reguladas en el apartado 5.e) del dispongo octavo de la convocatoria.
d) El 40 % del coste de la actuación subvencionable.
Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado de uso comercial será necesario que éstos participen en los costes de ejecución de la actuación.
¿Cuáles son los criterios de valoración para ser beneficiario de las subvenciones Reforma Vivienda: Castilla y Leon?
La selección de los beneficiarios para el otorgamiento de las subvenciones reforma vivienda Castilla y León se realizará entre aquellos solicitantes que, cumpliendo los requisitos exigidos, hayan obtenido un orden preferente como resultado de comparar las solicitudes presentadas.
Éstas se valorarán atendiendo a la inversión media por elemento, ordenándolas de mayor a menor, y ponderando, tanto las actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad como las actuaciones de conservación, conforme a las siguientes reglas:
1º. Para las actuaciones de mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad; se obtendrán tantos puntos como resulten de dividir la inversión media por elemento entre 100.
2º. Para las actuaciones de conservación; se obtendrán tantos puntos como resulten de dividir la inversión media por elemento entre 400.
En ambos casos, la puntuación resultante incluirá los tres primeros decimales y en supuesto de empate priorizarán las solicitudes que tengan una mayor puntuación en la actuación para la mejora de seguridad de utilización y de la accesibilidad.
Se entiende por inversión media por elemento, la que resulta de dividir el coste total de las actuaciones subvencionables entre el número total de elementos. El número total de elementos incluye tanto el número de viviendas como los locales que participen en los costes de ejecución de la actuación.
¿Documentos necesarios para ser beneficiario de las subvenciones Reforma Vivienda: Castilla y Leon?
En este apartado adjuntamos un link en el que podréis ver de forma detallada los documento necesarios que necesitáis para solicitar estas ayudas, subvenciones Reforma vivienda: Castilla y León.
Documentación a presentar: Pinche aquí
Descargue los formularios y declaraciones correspondientes:
Adjuntamos el link desde donde se pueden descargar los formularios y declaraciones correspondientes: Pinche aquí para ver y descargar los formularios.
Toda la información emitida es de carácter informativa, adjuntamos los enlaces desde donde toda esta información ha sido recabada.
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